Artículo 3488 Código Civil del Estado de Coahuila
Sección V
Las asociaciones se regirán por sus estatutos y por lo que establecen los siguientes artículos 3489 El poder supremo de las asociaciones reside en la asamblea general
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial