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Leyes Descargar AYA

Artículo 3515 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo I

El contrato por el cual se constituya una sociedad civil, debe constar en escritura pública, la cual deberá inscribirse en el Registro Público del domicilio de la sociedad

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial