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Artículo 3575 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo V

En el supuesto del artículo anterior, si nada establece la escritura constitutiva, la repartición de los bienes será proporcional a los aportes de los socios

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial