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Leyes Descargar AYA

Artículo 2875 Código Civil del Estado de Durango

Capítulo VII

Pagados los créditos enumerados en los capítulos que preceden, se pagarán los créditos que consten en documento privado

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 27 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial