Parte Segunda — De las Diversas Especies de Contratos
Título Primero — De la Concurrencia y Prelación de los Créditos
Capítulo VI Acreedores de Tercera Clase
Índice de la leyArtículo 2996
Satisfechos los créditos de que se ha hablado anteriormente, se pagarán los créditos que consten en escritura pública o en cualquier otro documento auténtico.
Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial