Artículo 1217 Código Civil del Estado de Guerrero
Capítulo VII
Si se declarase nulo el testamento después de pagado el legado, la acción del verdadero heredero para recobrar el bien legado, procederá contra el legatario y no contra el otro heredero, a no ser que éste haga con dolo la partición.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial