Artículo 699 Código Civil del Estado de Puebla
Capítulo XI
El tutor debe proponer al Juez, los impedimentos y excusas que tuviere, dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se le notifique su nombramiento.
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Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial