Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 2169 Código Civil del Estado de Quintana Roo

Capítulo CUARTO

Si los que se aprovecharen del acueducto en el caso del artículo anterior fueren varios, la obligación recaerá sobre todos en proporción de su aprovechamiento, si no hubiere estipulación o convenio en contrario.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial