Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 2644 Código Civil del Estado de Quintana Roo

Capítulo TERCERO

Las donaciones inoficiosas serán anuladas en su totalidad si el perjuicio que con ellas se cause a los acreedores alimentarios es superior a lo donado; pero si este perjuicio no iguala al valor de lo que se donó, no habrá lugar a la nulidad, sino sólo a la reducción de la donación en la parte que fuere necesario.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial