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Libro Cuarto — DE LA CUARTA PARTE ESPECIAL Del Registro Público de la Propiedad

Título Segundo — Del Registro Inmobiliario

Capítulo Primero De los Títulos Inscribibles y Anotables

Código Civil del Estado de Quintana Roo

Artículos 3199 al 3200 · 2 artículos

Artículo 3199

En el Registro de la Propiedad Inmueble se inscribirán:

l.- Los títulos por los cuales se creé, declare, reconozca, adquiera, transmita, modifique, limite, grave o extinga el dominio, la posesión originaria y los demás derechos reales sobre inmuebles;

II.- Las resoluciones que aprueben la constitución del patrimonio de familia;

III.- Los contratos de arrendamiento de bienes inmuebles por un período mayor de seis años y aquéllos en que haya anticipos de rentas por más de tres años;

IV.- Los embargos trabados sobre bienes inmuebles; y

V.- Los demás títulos que la ley ordene expresamente que sean registrados.

Artículo 3200

Se anotarán preventivamente en el Registro Inmobiliario:

l.- Las demandas relativas a la propiedad de bienes inmuebles o a la constitución, declaración, modificación, transmisión o extinción de cualquier derecho real sobre ellos;

II.- Las demandas promovidas para exigir el cumplimiento de contratos preparatorios o para dar forma legal al negocio o contrato concertado, cuando tenga por objeto inmuebles o derechos reales sobre los mismos;

III.- Las providencias judiciales que ordenen el secuestro o prohíban la enajenación de bienes inmuebles o derechos reales perfectamente determinados;

IV.- Los títulos presentados al Registro y cuya inscripción haya sido denegada o suspendida por el registrador;

V.- Las fianzas legales o judiciales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3013 de este Código;

Vl.- Las declaraciones de expropiación, de limitación de dominio o de ocupación temporal de bienes inmuebles;

VII.- Las resoluciones judiciales en materia de amparo que ordenen la suspensión, provisional o definitiva, en relación con bienes inscritos en el Registro; y

VIlI.- Cualquier otro título que sea anotable, de acuerdo con este Código u otras leyes.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial