Libro Segundo — DE LA CUARTA PARTE ESPECIAL De las Obligaciones
Título Octavo — De la Complejidad de las Obligaciones
Capítulo Segundo — De la Pluralidad de Objetos
Sección Primera De las Obligaciones Conjuntivas
Código Civil del Estado de Quintana Roo
Índice de la leyArtículo 2478
Quien se ha obligado a diversos bienes o a diversos hechos, o a unos y otros. conjuntamente, debe dar todos los bienes y prestar todos los hechos que comprenda la obligación que contrajo.
De las Obligaciones Alternativas.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial