Artículo 625 Código Civil del Estado de San Luis Potosí
Capítulo III
Declarada la ausencia , si hubiere testamento publico u ológrafo, la persona en cuyo poder se encuentre, lo presentara ante la autoridad judicial dentro de los quince días, contados desde la ultima publicación de que habla el articulo 623 de este Código.
(REFORMADO, P.O. 18 DE DICIEMBRE DE 2008
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Texto tomado de STJ San Luis Potosí (Poder Judicial del Estado). Documento oficial