Artículo 3252 Código Civil del Estado de Sonora
Capítulo II
Si el deudor no sale al juicio o si habiendo salido se remata la cosa empeñada, el tercero se subrogará en los derechos del acreedor, para exigir el pago de la obligación principal.
En el caso de que dicho tercero hubiere transigido con el acreedor, no podrá exigir del deudor sino lo que en realidad haya pagado
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Sonora (API gestión). Documento oficial