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Artículo 3252 Código Civil del Estado de Sonora

Capítulo II

Si el deudor no sale al juicio o si habiendo salido se remata la cosa empeñada, el tercero se subrogará en los derechos del acreedor, para exigir el pago de la obligación principal.

En el caso de que dicho tercero hubiere transigido con el acreedor, no podrá exigir del deudor sino lo que en realidad haya pagado

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Sonora (API gestión). Documento oficial