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Leyes Descargar AYA

Artículo 1470 Código Civil del Estado de Tamaulipas

Capítulo I

Si fueren varias las deudas sujetas a compensación se seguirá, a falta de declaración, el orden establecido en el Artículo 1147

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial