Artículo 2467 Código Civil del Estado de Tamaulipas
Capítulo IV
Si el día que debe comenzar el legado fuere seguro, aunque no se sepa cuándo ha de llegar, quien deba entregar el bien legado tendrá respecto de él los mismos derechos y obligaciones del usufructuario.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial