Título Décimo Tercero — Ausencia y presunción de muerte
Capítulo IV De la presunción de muerte
Código de Familia para el Estado de Yucatán
Índice de la leyArtículo 556
Declaración de la presunción de muerte.
Artículo 557
Declaración de presunción de muerte en caso de accidente, siniestro o secuestro.
Artículo 558
Sucesión de la persona ausente.
Artículo 559
Poseedores definitivos de la persona ausente.
Artículo 560
Regreso de la persona ausente luego de la declaración de presunción de muerte.
Artículo 561
Obligación de rendir cuenta de los poseedores definitivos.
Artículo 562
Terminación de la posesión definitiva.
Artículo 563
Conversión de poseedores definitivos en provisionales.
Artículo 564
Derecho de herederos, legatarios y donatarios.
Artículo 565
Conclusión de obligaciones por declaración de la presunción de muerte.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Yucatán. Documento oficial