Título Segundo — Sucesiones testamentarias
Capítulo I De los testamentos en general
Código de Familia para el Estado de Yucatán
Índice de la leyArtículo 595
Noción de testamento.
Artículo 596
Validez del testamento.
Artículo 597
Cumplimiento de las disposiciones testamentarias.
Artículo 598
Prohibición de testar conjuntamente.
Artículo 599
Naturaleza personalísima del testamento.
Artículo 600
Intervención de un tercero para la distribución de bienes destinados a obras de beneficencia pública o privada.
Artículo 601
Vaguedad en la designación de los parientes como herederos.
Artículo 602
Disposiciones a título universal o particular sin efecto.
Artículo 603
Apertura de la sucesión legítima.
Artículo 604
Disposición testamentaria.
Artículo 605
Expresión de una causa contraria a derecho.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Yucatán. Documento oficial