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Leyes Descargar AYA

Artículo 241 bis Código Penal del Estado de Campeche

Capítulo III

Se equipara a la falsificación de documentos privados y se impondrán de seis meses a cuatro años de prisión y multa de ciento cincuenta a doscientos cincuenta Unidades de Medida y Actualización, al que por cualquier medio, obligue o condicione a un trabajador a firmar documentación en

blanco, en la contratación o en cualquier momento de la relación laboral, que implique renuncia de sus derechos o le imponga obligaciones a fin de vulnerarlos o anularlos. Nota: Se adicionó mediante decreto 234 de la LXIII Legislatura, publicado en P.O. 1467 Tercera Sección de fecha 1° de julio de 2021.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 9 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial