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Leyes Descargar AYA

Artículo 357 Código Penal del Estado de Campeche

Capítulo III

Se impondrán de un mes a tres años de prisión y multa de cincuenta a tres mil Unidades Diarias de Medida y Actualización al que, con violación a lo establecido en las disposiciones legales y reglamentarias, despida o descargue en la atmósfera, o lo autorice u ordene, gases, humos o polvos, que ocasionen o puedan ocasionar daños graves a la salud pública, la flora, la fauna o a los ecosistemas, en el ámbito de la competencia estatal o municipal.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 9 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial