Título Décimo — Delitos por hechos de corrupción
Capítulo V Uso ilícito de atribuciones y facultades
Índice de la leyArtículo 217
Comete el delito de uso ilícito de atribuciones y facultades: Párrafo reformado DOF 18-07-2016
I.- El servidor público que ilícitamente: Párrafo reformado DOF 18-07-2016
A) Otorgue concesiones de prestación de servicio público o de explotación, aprovechamiento y uso de bienes de dominio de la Federación;
B) Otorgue permisos, licencias, adjudicaciones o autorizaciones de contenido económico; Inciso reformado DOF 18-07-2016
C) Otorgue franquicias, exenciones, deducciones o subsidios sobre impuestos, derechos, productos, aprovechamientos o aportaciones y cuotas de seguridad social, en general sobre los ingresos fiscales, y sobre precios y tarifas de los bienes y servicios producidos o prestados en la Administración Pública Federal; Inciso reformado DOF 18-07-2016
D) Otorgue, realice o contrate obras públicas, adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de bienes o servicios, con recursos públicos; Inciso reformado DOF 18-07-2016
E) Contrate deuda o realice colocaciones de fondos y valores con recursos públicos. Inciso adicionado DOF 18-07-2016
I. bis.- El servidor público que a sabiendas de la ilicitud del acto, y en perjuicio del patrimonio o del servicio público o de otra persona:
A) Niegue el otorgamiento o contratación de las operaciones a que hacen referencia la presente fracción, existiendo todos los requisitos establecidos en la normatividad aplicable para su otorgamiento, o
B) Siendo responsable de administrar y verificar directamente el cumplimiento de los términos de una concesión, permiso, asignación o contrato, se haya abstenido de cumplir con dicha obligación. Fracción con incisos adicionada DOF 18-07-2016
II.- Toda persona que solicite o promueva la realización, el otorgamiento o la contratación indebidos de las operaciones a que hacen referencia la fracción anterior o sea parte en las mismas, y
III.- El servidor público que teniendo a su cargo fondos públicos, les dé una aplicación distinta de aquella a que estuvieren destinados o haga un pago ilegal. Fracción reformada DOF 18-07-2016
Se impondrán las mismas sanciones previstas a cualquier persona que a sabiendas de la ilicitud del acto, y en perjuicio del patrimonio o el servicio público o de otra persona participe, solicite o promueva la perpetración de cualquiera de los delitos previstos en este artículo. Párrafo adicionado DOF 18-07-2016
Al que cometa el delito a que se refiere el presente artículo, se le impondrán de seis meses a doce años de prisión y de treinta a ciento cincuenta días multa. Párrafo reformado DOF 28-05-2009, 18-07-2016 Reforma DOF 28-05-2009: Derogó del artículo los entonces párrafos tercero y cuarto Artículo reformado DOF 05-01-1955, 05-01-1983
Artículo 217 Bis
Al particular que, en su carácter de contratista, permisionario, asignatario, titular de una concesión de prestación de un servicio público de explotación, aprovechamiento o uso de bienes del dominio de la Federación, con la finalidad de obtener un beneficio para sí o para un tercero:
I.- Genere y utilice información falsa o alterada, respecto de los rendimientos o beneficios que obtenga, y
II.- Cuando estando legalmente obligado a entregar a una autoridad información sobre los rendimientos o beneficios que obtenga, la oculte.
Al que cometa el delito a que se refiere el presente artículo, se le impondrán de tres meses a nueve años de prisión y de treinta a cien días multa.
Artículo adicionado DOF 18-07-2016
Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 13 de marzo de 2026. Documento oficial