Capítulo IV Estupro
Código Penal del Estado de Hidalgo
Índice de la leyArtículo 185
El que tenga cópula con una persona mayor de 15 años y menor de 18, obteniendo su consentimiento por medio de la seducción o engaño, se le aplicará de 3 a 8 años de prisión y multa de 50 a 150 días.
Artículo 186
Para efectos del artículo anterior la seducción o engaño se presumen salvo prueba en contrario.
Artículo 187
El delito previsto en el presente capítulo, sólo se perseguirá por querella de parte ofendida o de su legítimo representante.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial