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Leyes Descargar AYA

Artículo 451 Código Penal del Estado de Oaxaca

Capítulo ÚNICO

Se impondrá prisión de seis meses a seis años y de trescientas a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, al que realice cualquiera de las conductas que a continuación se señalan:

I. Invada las áreas naturales protegidas , es decir, las zonas sujetas a conservación ecológica, los parques locales y urbanos establecidos en el Estado para la preservación, restauración y mejoramiento ambiental:

II. Atente contra las políticas y medidas de conservación, tales como las orientadas a mantener la diversidad genética y la calidad de vida, incluido el uso no destructivo de los elementos naturales, con el propósito de permitir la continuidad de los procesos evolutivos que les dieron origen;

III. Cause pérdida o menoscabo en cualquier elemento natural o en el ecosistema, derivado del incumplimiento de una obligación establecida en la ley respectiva o en las normas oficiales mexicanas ambientales;

IV. Contamine, destruya la calidad del suelo, áreas verdes en suelo urbano, humedales, áreas naturales protegidas, suelos de conservación o en cualquier cuerpo de agua;

V. Cause la erosión, deterioro, degradación o cambio de las condiciones físicas naturales de los suelos de conservación, de las áreas naturales protegidas de las barrancas, áreas verdes en suelo urbano, humedales o vasos de presas.

(Artículo adicionado mediante decreto número 697, aprobado por la LXV Legislatura del Estado el 28 de septiembre

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 22 de enero de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial