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Leyes Descargar AYA

Artículo 85 Código Penal del Estado de Oaxaca

Capítulo III

Para que la suspensión de la ejecución de la sentencia surta sus efectos, el infractor deberá:

I.- Cubrir el importe de la reparación del daño y de la multa si la hubiere;

II.- Quedar sujeto a la vigilancia de la Autoridad; y

III.- Otorgar garantía bastante de que:

a).- Que cumplirá en su caso, con las demás penas que le fueren impuestas;

b).- Se presentará ante la autoridad cuantas veces sea requerido;

c).- Desempeñará una ocupación lícita;

d).- Residirá en determinado lugar, del cual no podrá ausentarse sin permiso de la autoridad que ejerza sobre él cuidado y vigilancia; y

e).- Observará buena conducta

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 22 de enero de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial