Artículo 92 Código Penal del Estado de Oaxaca
Capítulo III
Los tribunales de primera instancia, al pronunciar sentencia definitiva declararán, en su caso, si conceden o no el beneficio de la condena condicional. En el caso de que en primera instancia no se hubiere resuelto sobre dicho beneficio el acusado o su defensor al interponer el recurso respectivo podrán solicitarlo al Tribunal de Segunda Instancia.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial