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Artículo 273 Código Penal del Estado de San Luis Potosí

Capítulo I

Comete el delito de desobediencia a un mandato legítimo de autoridad quien, sin causa justificada, se rehúsa a prestar un servicio de interés público a que lo obligue la ley, o desobedece un mandato de la autoridad.

(Reformado, P.O.E. 19 de Julio de 2017) Este delito se sancionará con una pena de un mes a un año de prisión y sanción pecuniaria de diez a cien días del valor de la unidad de medida y actualización.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de STJ San Luis Potosí (Poder Judicial del Estado). Documento oficial