Título Cuarto — Delitos contra la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad
Capítulo VII Ultrajes a la moral pública o las buenas costumbres
Código Penal del Estado de San Luis Potosí
Índice de la leyArtículo 190
Comete el delito de ultrajes a la moral pública o a las buenas costumbres, quien en un sitio público y por cualquier medio ejecuta o hace ejecutar por otro, exhibiciones obscenas.
(Reformado, P.O.E. 16 de Octubre de 2020) Este delito se sancionará con una pena de seis meses a dos años de prisión y sanción pecuniaria de sesenta a doscientos días del valor de la unidad de medida de actualización.
Texto tomado de STJ San Luis Potosí (Poder Judicial del Estado). Documento oficial