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Leyes Descargar AYA

Artículo 57 Bis Código Penal del Estado de Tlaxcala

Capítulo V

Tratándose de persona perteneciente a una comunidad étnica indígena, la autoridad ejecutora respetando la libre determinación, tomará en cuenta los usos y costumbres de la comunidad correspondiente; con base en ello determinará el trabajo a desempeñar, atendiendo en todo momento su condición étnica, preferentemente el trabajo deberá ser en la comunidad del sentenciado.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial