Capítulo I Aplicación en el espacio
Código Penal del Estado de Veracruz
Índice de la leyArtículo 11
Este código se aplicará en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en los casos siguientes:
I. Por los delitos perpetrados dentro de su territorio jurídico, cuando sean de la competencia de sus tribunales;
II. Por los delitos que se preparen o cometan fuera de él, cuando produzcan efectos dentro del territorio veracruzano; o
III. Por los delitos permanentes y por los continuados, que se sigan cometiendo en él.
Artículo 12
El lugar de la realización del delito es aquel en que se lleva a cabo la conducta típica.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial