Capítulo II Aplicación en el tiempo
Código Penal del Estado de Veracruz
Índice de la leyArtículo 13
La ley aplicable es la vigente en el momento de la realización de la conducta punible.
Artículo 14
Cuando entre la comisión del delito y la sentencia que deba pronunciarse, entre en vigor una ley o un decreto que disminuya la sanción establecida en la norma vigente al cometerse el delito, se aplicará la nueva disposición legal.
(REFORMADO, G.O. 3 DE AGOSTO DE 2004) Si la nueva disposición entra en vigor durante la extinción de la pena o medida de seguridad, se estará a lo más favorable al reo.
Cuando la nueva norma deje de considerar una determinada conducta como delictuosa, se ordenará la libertad absoluta de los sujetos activos, cesando el procedimiento o los efectos de la sentencia pronunciada.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial