Título XIV — Delitos contra la moral pública
Capítulo V Disposiciones comunes para los delitos de este título
Código Penal del Estado de Veracruz
Índice de la leyArtículo 294
Derogado
(DEROGADO, G.O. 1 DE DICIEMBRE DE 2015)
Artículo 295
Derogado
Artículo 296
Si el sujeto activo se valiere de su función pública, profesión u oficio, además de las penas previstas, se le suspenderá del ejercicio de estos y, en su caso, se le destituirá e inhabilitará para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos por un tiempo de tres a diez años.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial