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Leyes Descargar AYA

Libro Segundo

Título XV — Delitos en materia de inhumaciones y exhumaciones

Capítulo I Violación de las leyes sobre inhumaciones y exhumaciones

Código Penal del Estado de Veracruz

Artículo 297

Artículo 297

Se impondrán de seis meses a un año de prisión y multa hasta de veinte días de salario a quien, ilegalmente:

I. Sepulte o mande sepultar un cadáver o un feto o parte de ellos;

II. Exhume un cadáver o un feto o parte de ellos; o

III. Sustraiga o esparza las cenizas de un cadáver o restos humanos.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial