Libro Segundo — De los delitos en particular
Título Décimo Primero — Falsedad
Capítulo IX Disposiciones comunes a los capítulos precedentes
Código Penal del Estado de Zacatecas
Índice de la leyArtículo 230
Si el falsario hiciere uso de los documentos u objetos falsos que se mencionan en este título, la falsificación y el delito que por medio de ella cometa el delincuente, se sujetarán a las reglas del concurso. Las disposiciones contenidas en este Título, no se aplicarán sino en lo que no esté previsto en las leyes especiales y no se oponga a lo establecido en ellas.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial