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Leyes Descargar AYA

Artículo 630 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes

Capítulo II

El síndico debe sostener las resoluciones de la mayoría y las del juez, cuando fueren impugnadas por algún acreedor, por un tercero o por el deudor.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 30 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Aguascalientes. Documento oficial