Artículo 340 Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Capítulo CUARTO
Gastos del ofrecimiento de pago y de la consignación.
Si el ofrecimiento y la consignación fueren procedentes, todos los gastos serán por cuenta del acreedor, incluyendo los de transporte, almacenaje y los honorarios del depositario.
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Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial