Artículo 275 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos
Capítulo I
Casos de resistencia del que se va a demandar a medios preparatorios. El que sin justa causa se oponga a la celebración de una diligencia preparatoria con independencia de ser apremiado por los medios legales, satisfará todos los daños y perjuicios que se hayan seguido, quedando, además, sujeto a la responsabilidad criminal en que hubiere incurrido. Si alegare alguna causa para oponerse, se le oirá en una audiencia, que se celebrará dentro de los tres días siguientes y la resolución del tribunal no será recurrible.
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Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial