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Leyes Descargar AYA

Artículo 540 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tabasco

Capítulo I

Procedencia de juicios sobre posesión y propiedad. El vencido de un interdicto de retener o de recuperar la posesión, podrá hacer uso después del juicio plenario de posesión o del juicio reivindicativo.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial