Artículo 554 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tabasco
Capítulo II
Tramitación del juicio. Las acciones plenarias de posesión se ventilarán en juicio ordinario en el que se observarán, además, las reglas que se contienen en este Capítulo.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial