Artículo 756 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala
Título DECIMO
Si sólo alguno de los bienes ejecutados fueren objeto de la tercería, los procedimientos del juicio principal continuarán hasta vender y hacer pago al acreedor con los bienes no comprendidos en la misma tercería
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial