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Leyes Descargar AYA

Artículo 506 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán

Capítulo II

La regla establecida en el artículo anterior, no es aplicable a las acumulaciones que se hagan a los juicios atractivos, hipotecarios y ejecutivos, a cuya

tramitación se acomodarán desde luego los que se acumulen a ellos. TITULO UNDECIMO DE LAS TERCERÍAS.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial