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Leyes Descargar AYA

Artículo 274 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Zacatecas

Capítulo II

Las posiciones deberán formularse de acuerdo con las siguientes reglas:

I. Deben referirse a hechos que sean objeto del debate;

II. Deben formularse en términos precisos, y no ser insidiosas;

III. Cada pregunta no debe contener más de un sólo hecho, a menos que por la íntima relación que exista entre varios, no puedan enunciarse separadamente, y formen solo un hecho complejo, y

IV. Deberán referirse a hechos propios o conocidos del que declara.

El juez queda facultado para calificar las posiciones y rechazar las que no se ajusten a lo previsto en este artículo. El articulante podrá subsanar los defectos que indique el juez y reemplazar en el acto de la diligencia las preguntas defectuosas. En caso de confesión ficta, el articulante no tendrá este derecho

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 29 de octubre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial