Artículo 124 Constitución Política del Estado de Quintana Roo
Capítulo II
El Poder Ejecutivo cuidará que la Legislatura conozca de la fianza con la cual las personas empleadas de hacienda caucionen su manejo. Fe de erratas POE 13-01-1975. Artículo reformado POE 19-03-2025
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial