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Leyes Descargar AYA

Artículo 28 Constitución Política del Estado de San Luis Potosí

Capítulo II

La ciudadanía potosina se pierde:

I.- Por la pérdida de la nacionalidad o de la ciudadanía mexicana;

II.- Por adquirir voluntariamente la ciudadanía de otra entidad federativa; y

III.- En los demás casos que señalen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes.

(REFORMADO, P.O. 20 DE NOVIEMBRE DE 1996)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de San Luis Potosí. Documento oficial