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Leyes Descargar AYA

Artículo 127 Constitución Política del Estado de Sinaloa

Título V

Las Municipalidades procurarán arreglar sus cuestiones sobre límites mediante convenios entre sí, los que en todo caso se someterán a la ratificación del Congreso del Estado.(Ref. según Decreto No. 23 de fecha 26 de enero de 1984, publicado en el Periódico Oficial No. 12, de fecha 27 de enero de 1984)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 19 de enero de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Sinaloa (IIP - Gaceta). Documento oficial