Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Título I — Del estado y sus elementos

Capítulo IV De la poblacion

Constitución Política del Estado de Tlaxcala

Artículos 9o. al 13 · 5 artículos

Artículo 9o.

La población del Estado la componen los habitantes y los transeúntes. Son habitantes quienes tienen su domicilio y residen en el territorio del Estado. Son transeúntes, las personas que permanezcan transitoriamente o viajen por el territorio del Estado. (REFORMADO, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2008)

Artículo 10

Son tlaxcaltecas:

I. Los nacidos en el territorio del Estado;

II. Los mexicanos nacidos fuera del territorio del Estado, de padre o madre tlaxcaltecas, y III. Los mexicanos que hayan residido por más de cinco años ininterrumpidos en el territorio del Estado. (REFORMADO, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2008)

Artículo 11

Son obligaciones de la población, sin distinción alguna:

I. Cumplir con las disposiciones de la presente Constitución, las leyes y ordenamientos que de ella emanen;

II. Obedecer a las autoridades legalmente constituidas;

III. Prestar a las autoridades el auxilio para el que fueren legalmente requeridos;

IV. Contribuir al gasto público de manera proporcional y equitativa conforme lo dispongan las leyes, y V. Recibir y dar educación obligatoria a sus hijos y la instrucción militar de acuerdo a las leyes. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA Pág. 7 (REFORMADO, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2008)

Artículo 12

El carácter de habitante se pierde por establecer domicilio fuera del territorio del Estado. (REFORMADO, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2008)

Artículo 13

El carácter de habitante no se pierde por ausencia:

I. En el desempeño de cargos públicos de elección popular, por la defensa de la patria y sus instituciones;

II. En el desempeño de empleos o comisiones de la administración pública o como dirigente en organismos nacionales de representación política o gremial, o III. Por la realización de estudios o comisiones científicas, culturales o deportivas. (REFORMADO, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2008)

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial