Artículo 140 Constitución Política del Estado de Zacatecas
Capítulo TERCERO
Toda persona servidora pública que maneje fondos del erario, es personal y pecuniariamente responsable de los pagos que hiciere; deberá otorgar garantía a satisfacción de la Secretaría correspondiente. Artículo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370)
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial