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Leyes Descargar AYA

Artículo 69 Ley Federal del Trabajo

Capítulo III

- Por cada seis días de trabajo se deberá otorgar, por lo menos, un día de descanso con goce de salario íntegro. Artículo reformado DOF 01-05-2026

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Cambió
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Cambió en el cotejo del 15 de mayo de 2026. Ver qué cambió

Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de mayo de 2026. Documento oficial