Título Primero Disposiciones generales
Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
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Artículo 2
Naturaleza Jurídica. La Fiscalía General de la Ciudad de México, es un organismo público constitucional autónomo, de carácter especializado e imparcial, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica, presupuestal, y de gestión plena. Estará encabezada por una persona designada como Fiscal General, sobre quien recae la rectoría y conducción de la Institución del Ministerio Público. La Fiscalía General contará para la debida conducción de la investigación y ejercicio de la acción penal, con fiscales de investigación y acusación, coordinará a la policía de investigación, técnica y científica, a los servicios periciales para los efectos de determinar la existencia del delito y la responsabilidad de quien lo ha cometido.
Texto tomado de Congreso de la Ciudad de México, con la reforma del 25 de mayo de 2023. Documento oficial