Artículo 45 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Coahuila de Zaragoza
Capítulo IV
Expedición de Constancias o Registros. El Agente del Ministerio Público podrá expedir constancias o registros que obren en su poder, cuando exista mandamiento de autoridad competente que funde y motive su requerimiento, siempre y cuando no contravenga lo dispuesto en el Código Nacional.
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, con la reforma del 27 de junio de 2025. Documento oficial