Título Tercero — De la función ministerial
Capítulo VII De los mecanismos alternativos de solución de controversias
Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tamaulipas
Índice de la leyArtículo 53
La Fiscalía General contará con un órgano especializado en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, que deberá fomentar la gestión de los procedimientos alternativos y justicia restaurativa previstos en el Código Nacional y en la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal, y ejercer sus facultades con independencia técnica y de gestión, así como proponer el procedimiento alternativo que resulte más adecuado para cada caso concreto. Su estructura, procedimientos y gestión estarán regulados en el Reglamento de la presente Ley, el Reglamento en Materia de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias y demás disposiciones aplicables.
Artículo 54
Los procedimientos establecidos en el artículo anterior, estarán a cargo de facilitadores que serán auxiliares técnicos del Ministerio Público, para aquellos casos en los que proceda la aplicación de los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal y de justicia para adolescentes, de acuerdo a lo previsto en las leyes de la materia.
Texto tomado de Congreso del Estado de Tamaulipas, con la reforma del 24 de marzo de 2026. Documento oficial