Artículo 57 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Capítulo IV
Atribuciones del Instituto El Instituto tendrá las atribuciones siguientes:
I. Coadyuvar e intervenir en la formulación, regulación y desarrollo del Servicio de Carrera;
II. Elaborar los planes y programas de estudio, e impartir cursos de formación, capacitación y especialización profesional para el personal de la Fiscalía General, de acuerdo a los lineamientos de la Comisión;
III. Proponer convenios y acuerdos de coordinación con instituciones similares o académicas del país o del extranjero, públicas o privadas, con la finalidad de contribuir al desarrollo profesional y, en su caso, a la formación académica del personal de la Fiscalía General;
IV. Proponer y desarrollar programas de investigación en materia penal, así como brindar apoyo a los servidores públicos, en materia de investigación científica y técnica;
V. Analizar estrategias para aplicar la profesionalización de aspirantes y servidores públicos;
VI. Analizar el Programa Rector de Profesionalización, para proponer y aplicar el contenido de los planes y programas para su formación;
VII. Garantizar la equivalencia del contenido mínimo de los planes y programas de profesionalización, de conformidad con el Programa Rector de Profesionalización;
VIII. Implementar, mediante la celebración de convenios con Instituciones del Sistema Educativo Nacional, programas de renivelación académica para el personal de la Fiscalía General;
IX. Tramitar, para su validez oficial, la autorización y registro de los planes y programas de estudio ante las instituciones correspondientes; y
X. Las demás que establezcan, en lo conducente, la Ley de Seguridad, el Reglamento de esta Ley, el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera de la Fiscalía General y demás disposiciones normativas aplicables.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Fiscalía General del Estado de Veracruz, con la reforma del 11 de diciembre de 2025. Documento oficial